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Crédito

martes, 20 de mayo de 2025

Preguntas y respuestas frecuentes relacionadas con tipos de crédito para vivienda, vehículo, calamidad, educación, computador y recreación.

CRÉDITO DE BIENESTAR


El Fondo de Bienestar Social de la CGR, tiene a su disposición la línea de créditos de Bienestar Integral, modalidades (Recreación, Educación, Mejoras locativa, Salud, Hogar) para que solicite crédito.


Las modalidades de crédito tienen un tope máximo según el cargo que ostente en propiedad en la CGR, los plazos van entre 01 hasta 48 meses, como lo establece el Manual de Crédito y Cartera sus tablas.


Las solicitudes de crédito que se radiquen durante el mes, serán analizadas por el comité de crédito en los primeros diez (10) de cada mes, siempre y cuando se cuente con disponibilidad presupuestal.


Para realizar el radicado de la solicitud de crédito, este debe ser mediante la página del FBS, ingresando a www.fbscgr.gov.co, Atención al ciudadano, Servicio, Crédito y Cartera, Crédito, Clic para consulta y realizar trámites en línea, finalmente ingrese al aplicativo de crédito y cartera.


El sistema le solicitará el diligenciamiento de:



  • Usuario: No de cédula

  • Contraseña: si es primera vez el No de la cédula

  • Si olvidó la contraseña, dar clic en ??Olvide Contraseña?? la cual llegará al correo electrónico registrado en nuestro sistema

  • Es necesario cambiar la contraseña a una personal, teniendo en cuenta los parámetros indicados (mínimo una letra mayúscula, una minúscula, un número y un signo de puntuación)


Al ingresar se deben actualizar datos y dar clic en la sección de "Mis créditos" y seleccionar (Crear Solicitud) diligenciar la información que requiera el sistema.


Link: https://tao.fbscgr.gov.co/ords/r/snw/fbspub/login_desktop


Requisitos exigidos en el manual de crédito.


ARTÍCULO 33: REQUISITOS ESPECÍFICOS. Para que el funcionario de la Contraloría General de la República y del FBSCGR pueda presentar solicitud de crédito de bienestar integral, deberá adjuntar los siguientes documentos:


1. Cumplir con las disposiciones generales establecidas en el Artículo 2º del presente Manual.


2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del funcionario (a).


3. Certificación bancaria vigente con expedición no mayor a treinta (30) días con el número y tipo de cuenta del beneficiario del desembolso.


4. Los documentos requeridos según la modalidad en que se realiza la solicitud, señalados en el formulario de crédito.


5. Estar inscrito en el sistema de carrera administrativa. Los funcionarios que se encuentran en provisionalidad o cargos de libre nombramiento y remoción, pueden acceder a la línea de crédito de bienestar integral acreditando un tiempo de servicio no inferior a un año (01) continuos, se les exigirá un codeudor que debe ser de carrera administrativa de la CGR o FBSCGR, o un codeudor con finca raíz. Dicho codeudor deberá aportar certificado de tradición y libertad con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días, donde se evidencie que el inmueble que presenta como garantía, se encuentra libre de gravámenes y afectaciones.


Modalidades:


CREDITO PARA EDUCACIÓN: Los créditos se asignarán a los funcionarios que soliciten crédito de Educación, en el aplicativo establecido por el Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, diligenciado correctamente y adjuntando los respectivos soportes para la verificación, estudio y posterior aprobación que son:


1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del funcionario (a)


2. Certificación bancaria no mayor a treinta (30) días de expedición con el número y tipo de cuenta del beneficiario del desembolso.


3. Recibo o certificado de matrícula y/o pensión de entidad educativa, que indique el valor.


4. Si el estudio se va a realizar en el exterior, se debe presentar constancia expedida por el centro docente, especificando: nombre del programa, duración, fecha de iniciación y gastos de desplazamiento y manutención.


CREDITO PARA HOGAR:


El funcionario de la Contraloría General de la República y del FBSCGR, que presente solicitud de crédito de hogar, deberá adjuntar los siguientes documentos:


1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del funcionario


2. Certificación bancaria vigente con expedición no mayor a treinta (30) días con el número y tipo de cuenta del beneficiario del desembolso.


3. Cotización o factura vigente al momento de la radicación con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días, a nombre del funcionario, expedida por establecimiento reconocido legalmente para la venta de productos que compone la modalidad de crédito hogar y/o soporte de compra on-line.


4. Fotocopia del Rut actualizado (cuando el servicio se adquiera en establecimientos diferentes a los de cadena o se realice por compras on-line).


CREDITO PARA MEJORAS LOCATIVAS:


El funcionario de la Contraloría General de la República y del FBSCGR, que presente solicitud de crédito de mejoras locativas, deberá adjuntar los siguientes documentos:


1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del funcionario (a).


2. Certificación bancaria vigente no mayor a treinta (30) días de expedición con el número y tipo de cuenta del beneficiario del desembolso.


3. Contrato o presupuesto de la obra a realizar, suscrito por Arquitecto, Ingeniero civil o maestro de obra inscrito.


4. Certificado de tradición y libertad con fecha no mayor a treinta (30) días de expedición, donde figure el beneficiario del crédito, su cónyuge o compañero (a) permanente como propietario del inmueble donde se va a realizar la mejora.


CREDITO PARA RECREACIÓN:


El funcionario de la Contraloría General de la República y del FBSCGR, que presente solicitud de crédito de recreación, deberá adjuntar los siguientes documentos:


1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del funcionario (a).


2. Certificación bancaria vigente no mayor a treinta (30) días de expedición con el número y tipo de cuenta del beneficiario del desembolso.


3. Cotización vigente al momento de la radicación de establecimiento reconocido legalmente para la venta de servicios en recreación, pasajes o paquetes turísticos a nombre del funcionario, con fecha no mayor a 30 días de expedición y/o soportes de compras on-line.


4. Fotocopia del Rut actualizado (cuando el servicio se adquiera en establecimientos diferentes a los de cadena).


CRÉDITO PARA SALUD:


El funcionario de la Contraloría General de la República y del FBSCGR, que presente solicitud de crédito de salud, deberá adjuntar los siguientes documentos:


1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del funcionario (a).


2. Certificación bancaria vigente con expedición no mayor a treinta (30) días con el número y tipo de cuenta del beneficiario del desembolso.


3. Cotización del profesional de la salud o del establecimiento que presta el servicio, vigente al momento de la radicación con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.


4. Fotocopia del Rut actualizado del profesional o del establecimiento que presta el servicio.


CREDITO DE VEHICULO:


VEHÍCULO. Comprende las siguientes modalidades:


a. Compra de vehículo nuevo o usado


b. Liberación de prenda. 


ARTÍCULO 20. CONDICIONES ESPECÍFICAS. Para que un funcionario de la Contraloría General de la República o del FBSCGR, pueda presentar solicitud de crédito de vehículo en cualquier modalidad, deberá cumplir con las siguientes condiciones:


Cumplir con las disposiciones generales establecidas en el Artículo 3° del presente manual.


Acreditar un tiempo de servicio en la Contraloría General de la República o en el FBSCGR, no inferior a un (1) año continuo.


Los funcionarios que hayan radicado solicitudes en la línea de vehículo y que no cuenten con capacidad de endeudamiento al momento de la verificación de requisitos no serán tenidos en cuenta para asignación de créditos en la vigencia analizada. De continuar la incapacidad de endeudamiento en la vigencia siguiente, la solicitud será excluida del listado y en consecuencia el funcionario deberá volver a radicar solicitud en caso de seguir interesado en adquirir el crédito. El FBSCGR informará oportunamente al funcionario esta decisión.


Una vez notificada la aprobación del crédito de vehículo el beneficiario contará con un término de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación para aceptar o no el crédito. En caso de aceptación, el funcionario deberá legalizar dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la notificación; de lo contrario, deberá radicar nuevamente solicitud en caso de estar interesado en adquirir su crédito con posterioridad.


ARTÍCULO 21. REQUISITOS: Además de cumplir las anteriores condiciones, el funcionario solicitante deberá tener en cuenta lo siguiente:


1. El vehículo para adquirir deberá ser de uso particular y estar matriculado en Colombia.


2. El vehículo debe ser de un modelo cubierto por una póliza de seguro que ampare el valor del préstamo.


3. Aportar los documentos de legalización requeridos.


ARTÍCULO 22. FACTORES PARA DETERMINAR PUNTAJE. Los factores que se tendrán en cuenta para determinar el puntaje de las solicitudes de crédito de vehículo son:


1. Tiempo de servicio


2. Asignación básica mensual


3. Tiempo de radicación


PARÁGRAFO 1: Las solicitudes radicadas en esta línea no tendrán como factor para determinar puntaje, el tiempo de radicación. No obstante, lo anterior, las solicitudes radicadas antes del año 2024, se tramitarán teniendo en cuenta dicho factor. 


Para realizar el radicado de la solicitud de crédito, este debe ser mediante la página del FBS, Ingresando a www.fbscgr.gov.co, Atención al ciudadano, Servicio, Crédito y Cartera, Crédito, Click para consulta y realizar trámites en línea, finalmente ingrese al aplicativo de crédito y cartera.


El sistema le solicitará el diligenciamiento de:



  • Usuario: No de cédula.

  • Contraseña: si es primera vez el No de la cédula.

  • Si olvidó la contraseña, dar clic en Olvide Contraseña la cual llegará al correo electrónico registrado en nuestro sistema.

  • Es necesario cambiar la contraseña a una personal, teniendo en cuenta los parámetros indicados (mínimo una letra mayúscula, una minúscula, un número y un signo de puntuación).

  • Al ingresar se deben actualizar datos y dar clic en la sección de "Mis créditos" y seleccionar (Crear Solicitud) diligenciar la información que requiera el sistema.


Link: https://www.fbscgr.gov.co/index.php?idcategoria=10364


Link para radicar: https://tao.fbscgr.gov.co/ords/r/snw/fbspub/login_desktop


DESEMBOLSO DEL CRÉDITO EL FUNCIONARIO NO HACE USO DE LAS CESANTÍAS CAUSADAS


Si dentro de los seis (6) meses siguientes al desembolso del crédito el funcionario no hace uso de las cesantías causadas a que tiene derecho, el FBS solicitará al Grupo de Cesantías de la CGR, la liquidación del total de las cesantías para ser abonadas al préstamo.


ORDEN DE ABONOS A CRÉDITO DE FONDO DE BIENESTAR DE LA CGR


Las cesantías parciales para abonar a los créditos de vivienda otorgados por el FBS, se girarán de acuerdo a la fecha de desembolso del crédito por orden cronológico del más antiguo al más reciente.


El FBS a inicios de cada vigencia, solicita a la Dirección de Gestión de Talento Humano de la CGR o el Grupo de Talento Humano del FBS, la totalidad de liquidaciones de todos los funcionarios que tienen crédito con esta Entidad y es a ellos quien corresponde expedir una certificación contentiva de la liquidación con todos los factores que sirvieron de base.


¿Cuáles son requisitos generales para acceder a un crédito del Fondo?



Que las cesantías estén administradas por el Fondo de Bienestar social.
Acreditar un tiempo de servicio en la Contraloría o en el Fondo de Bienestar Social no inferior a un (1) año continuo a la fecha de radicación de la solicitud.
Para la línea de Calamidad no se requiere tiempo de servicio mínimo.

¿Cuándo se puede solicitar un crédito de vivienda por segunda vez?
El parágrafo 1 del Artículo 6º del Manual de Crédito señala al respecto que para acceder a un segundo crédito de vivienda debe haber transcurrido como mínimo seis (6) meses de haber cancelado el crédito anterior.

¿Cuáles son los montos máximos a prestar en las líneas de recreación, compra de equipo de cómputo, educación y calamidad y cuáles son los plazos?
Recreación: Hasta 12 (SMLMV), plazos de 12, 18 y 24 meses
Calamidad: Hasta 26 (SMLMV), plazos de 12, 18, 24, 30, 36 meses .
Cómputo: Hasta 15 (SMLMV), plazos de 12,18 y 24 meses.
Educación: Hasta 20 (SMLMV), plazos de 12,18 y 24 meses.

Los anteriores créditos serán pagaderos en cuotas mensuales al mes siguiente del desembolso o mediante la pignoración de las Primas de Servicios y Navidad.

¿Cuándo se radican las solicitudes de Crédito?
Las solicitudes de crédito se radicarán dentro de los primeros 15 días de cada mes, con excepción de los créditos de calamidad para los cuales se podrá radicar el formulario en el momento en que ocurra la calamidad.

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Fondo de Bienestar Social de la Contraloría
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