jueves, 13 de junio de 2013
Son las personas naturales que terminado su relación laboral con el empleador por el cual se vincularon, mantengan en el Fondo de Bienestar Social CGR saldo a su favor por concepto de cesantías, más rendimientos causados por concepto de intereses o protección contra la pérdida del valor adquisitivo de la moneda.
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