jueves, 13 de junio de 2013
Todo hallazgo administrativo en el que se tipifica que los servidores públicos o los particulares han realizado una gestión fiscal deficiente, contraria a los principios establecidos para la función, que han producido un daño patrimonial al Estado.
Frente a este hallazgo, el auditor deberá dar traslado a la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios y Jurisdicción Coactiva. Este tipo de hallazgo se puede concretar en una responsabilidad fiscal para aquellos que lesionaron el patrimonio público.
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