Prescripción de la Acción Fiscal
Última actualización: jueves, junio 13 de 2013
Es una institución por la cual se le pone fin a la acción o cesa la responsabilidad, por el transcurso del tiempo sin investigar el hecho. La responsabilidad fiscal prescribe en cinco años, contados a partir del auto de apertura del proceso de responsabilidad fiscal, si dentro de dicho término no se ha dictado providencia en firme que la declare.
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