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Comité escolar de Convivencia

sábado, 01 de abril de 2023

El comité de convivencia es la instancia superior para hacer efectiva la participación en la orientación de los procesos convivenciales del colegio. 


El colegio tendrá un Comité Escolar de Convivencia integrado por:



  1. Rectoría.

  2. Personero (a) estudiantil.

  3. Docente que lidera procesos de convivencia escolar.

  4. Coordinación de Convivencia.

  5.  Área de orientación

  6. Presidente del Consejo de padres

  7. Presidente del Consejo estudiantil. 


Funciones del Comité Escolar de Convivencia


De acuerdo con lo establecido en el Art. 13 de la Ley 1620 de 2013, serán funciones del Comité de convivencia escolar:



  1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

  2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

  3.  Promover la vinculación del colegio a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la ciudad y que respondan a las necesidades de su Comunidad educativa.

  4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar.

  5. Promover la prevención y resolución de conflictos tomando como primera estrategia e instancia el dialogo entre las partes involucradas, luego el director de grupo.

  6. Fomentar y hacer retroalimentación con charlas educativas sobre educación sexual y respeto entre géneros

  7. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revisten las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

  8. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

  9.  Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia.

  10. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la Comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

  11. Elaborar su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección.

  12. Invitar con voz, pero sin voto a un miembro de la Comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información, cuando así lo considere.

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